SERVICIOS DE TELEFONIA
Nuevo
Registro Nacional “No Llame”
Ley 26.951
Sancionada: 2/7/14;
BO 5/8/14
Se puede inscribir toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado
del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su
voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o
regalare bienes o servicios, a los efectos de protegerse de los abusos del
procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o
servicios no solicitados.
La
inscripción y baja en el Registro Nacional “No Llame” es gratuita y debe ser implementada
por medios eficaces y sencillos, con constancia de la identidad del titular o
usuario autorizado, y del número telefónico, pero la baja sólo puede ser
solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos.
[ más: página
71 / Revista Noticiero de Impuestos 545 ]
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