Novedades de Legislación al 10/07/2014




ASIGNACIONES FAMIIARES
Suplementos para zonas afectadas por inundaciones  

Decreto 1048/14
Bs. As., 7/7/14;  BO 10/7/14

      Por el término de 90 días, se establece un suplemento equivalente al 100 %  de la cuantía actual de las asignaciones familiares por Hijo, Hijo con discapacidad y Prenatal que corresponda abonar a los trabajadores en relación de dependencia y a los titulares de derecho de la Ley de Riesgos del Trabajo, del SIPA y de la Prestación por Desempleo, y también un suplemento equivalente al 100 % de la cuantía actual de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social  y de la Asignación por Embarazo para Protección Social, como asimismo otros suplementos, pero solo              de aplicación para las personas que resultaron gravemente afectadas por las inundaciones acaecidas en el mes de junio de 2014 en las Provincias de Formosa, Chaco, Misiones y Corrientes y que residan en las zonas afectadas.

FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN
Nuevos criterios de valuación del patrimonio neto

Resolución 626/14 - CNV

Bs. As., 3/7/14;  BO 10/7/14

      A partir del día 1° de septiembre de 2014 se aplican los nuevos parámetros de valuación que permiten arribar a precios uniformes para los activos que integren las carteras de los fondos comunes de inversión y se incorporan métodos de valuación para los activos que a la fecha no cuentan con un criterio específico, homogeneizando los criterios de valuación para activos de idénticas características, unificando las metodologías, a fin de velar por la transparencia en las valuaciones de los fondos comunes de inversión,

BENEFICIOS DEL NUEVO FONDEAR
Acceso al crédito

Decreto 606/14
Bs. As., 28/4/14;  BO 29/4/14

       Se facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales y se crea por un plazo de 30 años un Fondo Fiduciario Publico financiero y de administración que rige en todo el territorio nacional.

REQUISITOS DEL FONDEAR
Solicitud de los beneficios

Resolución 353/14 - MEFP
Bs. As., 4/7/14;  BO  8/7/14

       A los fines de acceder a los instrumentos de financiamiento del FONDEAR los interesados deben presentar sus solicitudes en la mesa de entradas del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, y la  presentación de un proyecto por parte de un solicitante implica el conocimiento y la aceptación plena, sin reservas, de lo previsto en el Decreto 606/14, y en                sus normas complementarias, pero la sola presentación y evaluación de las solicitudes de financiamiento  no generarán derecho subjetivo alguno a favor del solicitante.

      Se consideran gastos elegibles de financiamiento con recursos del FONDEAR entre otros: Maquinarias y/o partes de maquinarias; Equipamiento; Homologaciones y certificaciones; Materias primas; Productos semielaborados; Construcción, reformas y modificaciones edilicias y/o de instalaciones en plantas industriales o centros de distribución y logística; Estudios y análisis de preinversión para Proyectos de Apoyo a Producciones Innovadoras.

Más información: página 79 Noticiero 544

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