Novedades de Legislación al 06/06/2014



CANCELACIÓN DE DEUDAS IMPOSITIVAS
Titulares de medios de comunicación

Decreto 852/14
Bs. As., 5/6/14;  BO 6/6/14
    
       Ahora para la cancelación de las deudas impositivas, aduaneras y previsionales que mantengan con la AFIP  devengadas hasta el mes de mayo                 de 2014, con más sus intereses resarcitorios y/o punitorios, multas y demás accesorios,   se facultó                  a la Jefatura de Gabinete Ministros, para que a través de la Secretaria de Comunicación Publica, para  celebrar acuerdos con personas físicas o jurídicas titulares de medios de comunicación o de productoras de contenidos audiovisuales,  mediante un sistema de dación en pago de espacios publicitarios y/o                servicios conexos en la programación de las emisoras o en sus publicaciones, pero solo hasta la suma                     de $ 100.000.000 por cada titular.

      Se instrumentará la emisión de bonos por el             capital contratado y por el importe correspondiente              al IVA que devengará la facturación de los montos objeto de dación,  pero los deudores deben obtener previamente la conformidad expresa de la AFIP  y manifestar  su compromiso de regularización de su situación fiscal, como condición indispensable para la celebración del acuerdo.

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