SINCERAMIENTO
FISCAL
Modificación
de la Ley 27.260
Decreto 139/17
Bs. As., 3/3/17; BO 6/3/17
A efectos de que los títulos públicos ya
emitidos puedan ser adquiridos por los contribuyentes que así lo deseen, como
así también, en caso de estimarse necesario, ampliar su emisión, se sustituye en el apartado 2 del inciso a) del
artículo 42 de la Ley N° 27.260, la fecha “31 de diciembre de 2016” por la de
“31 de marzo de 2017”, coincidiendo con el plazo establecido para efectuar la
declaración voluntaria y excepcional prevista en el artículo 36 del Título I
del Libro II de la Ley N° 27.260, se dicta esta norma que extiende hasta esa
fecha el plazo de adquisición del bono.
SINCERAMIENTO
FISCAL
Títulos
I y II del Libro II de la Ley N° 27.260.
Resolución General 4007 - AFIP
Bs. As., 3/3/17;
BO 6/3/17
Se
adecuan y complementan la RG 3920 y la RG 3919, reglamentarias de los Títulos I
y II del Libro II de la Ley 27.260 del “Sistema voluntario y excepcional de
declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el
país y en el exterior” y el “Régimen de regularización excepcional de
obligaciones tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras”
considerando que las obligaciones aduaneras responden a dos tratamientos
diferenciados de control, el aduanero y el fiscal.
El
beneficio de condonación de sanciones en materia tributaria aduanera respecto
del régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la
seguridad social y aduaneras, se debe
ajustar a lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 55 y en los
Artículos 56, 57 y 62 de la Ley 27.260.
Están
alcanzados por el beneficio de condonación las sanciones previstas en la Ley 22.415,
correspondientes a infracciones - formales o sustanciales/materiales-cometidas
hasta el 31 de mayo de 2016, inclusive, que no se encuentren firmes ni
abonadas.
Las
penas de comiso no están alcanzadas por el beneficio de condonación por cuanto
la autorización del libramiento de las mercaderías puede afectar, entre otros
bienes jurídicos tutelados, la seguridad y la salud pública, la política
industrial, la política alimentaria, la sanidad animal o vegetal, la protección
del patrimonio artístico y la preservación del medioambiente.
ÁREA
ADUANERA ESPECIAL
Representación
del Fisco
Resolución General 4002 - AFIP
Bs. As., 2/3/17; BO 6/3/17
Se
adecúa la forma de designación e intervención de los representantes del
Organismo, de la Resolución 4712/80-ANA, que recopiló y actualizó las normas
aduaneras referidas a la Ley N° 19.640 y en su Anexo XIII reglamentó la
representación aduanera ante la Comisión mencionada.
COMERCIO
EXTERIOR
Contratos
de servicios concertados con el exterior
Resolución General 4008 - AFIP
Bs. As., 3/3/17;
BO 6/3/17
Se dejan sin efecto la RG 3276 por la que se dispuso
la obligación de brindar la información correspondiente a determinadas
prestaciones de servicios efectuadas por sujetos del exterior a prestatarios
residentes en el país y por prestadores residentes en el país a prestatarios
del exterior,
También la RG 3417 que estableció
la misma obligación respecto de los pagos al exterior de determinadas
operaciones efectuadas por residentes en el país, como asimismo la RG 3307, RG 3395, RG 3417 y la RG 3441.
CONVENIO
MULTILATERAL
Actualízase
Ordenamiento
Resolución General 2/17 - CA
Bs. As., 8/2/17;
BO 6/3/17
Se actualiza el ordenamiento de las resoluciones generales contenido en
la RG 3/2016, reemplazándolo por el anexo adjunto que se aprueba por la
presente y que se incorpora en la página web de la Comisión Arbitral
(www.ca.gov.ar).
La
RG 24/2016 modificatoria de —regímenes de percepción— no está incluida puesto
que por RG 1/2017 su aplicación está suspendida hasta tanto se resuelvan los
recursos de apelación contra ella interpuestos.
Este
nuevo ordenamiento no incluye el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y
Comisión Plenaria aprobado por Resolución (C.P.) N° 32/2015.
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