* Novedades de Legislación"



RETENCIONES Y/O PERCEPCIONES
Sistema informático de consulta
Resolución General 3816 - AFIP
Bs. As., 01/12/15;  BO 3/12/15
      Se habilita  una nueva funcionalidad en el sistema informático denominado “Mis Retenciones”, a fin de computar las retenciones y/o percepciones sufridas, que de acuerdo con la normativa aplicable resulten imputables contra el gravamen de que se trate, para la cancelación —total o parcial— de una determinada obligación y período fiscal pero dicho cómputo se perfeccionará con la correspondiente presentación de la declaración jurada del tributo.      La Resolución General 2170 aprobó el sistema informático denominado “Mis Retenciones” para ser utilizado por los sujetos que hayan sido pasibles de retenciones y/o percepciones, a los fines de consultar la información declarada por el respectivo agente en el marco de los distintos regímenes.

DECLARACIONES JURADAS
Período Fiscal 2016
Resolución General 5/15 – CA  CM
Bs. As., 25/11/15;  BO 3/12/15
      Se establecen las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, para el período      fiscal 2016, y se establece el vencimiento para la presentación de la declaración jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2015 que opera el 30 de abril del año 2016, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 del anexo de la Resolución General N° 1/2015.

SICAR
Declaraciones Juradas, vencimientos
Resolución General 6/15 – CA  CM
Bs. As., 25/11/15; BO 3/12/15
      Se establece el calendario de vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos en el SIRCAR, durante el ejercicio fiscal 2016, del Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR) establecido por la Resolución General 84/02 pero la Resolución General 7/14 incorporó la modalidad “quincenal” para la presentación y pago de las declaraciones juradas de percepciones y retenciones de los agentes incorporados. El  pago se efectúa  en Sede Única de Retenciones y Percepciones, de acuerdo al Calendario de Vencimientos - Año 2016.

SIRCREB
Declaraciones Juradas. Fechas de Vencimiento 2016
Resolución General 7/15 – CA  CM
Bs. As., 25/11/15;  BO 3/12/15
      Se establecen para el período fiscal 2016 las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.

SISTEMA SIRCREB
Modificación
Resolución General 8/15 – CA CM
Bs. As., 25/11/15; BO 4/12/15
      Se modifica la Resolución General 104/2004 de la Comisión Arbitral del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias, regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecidos por las jurisdicciones adheridas, aplicable sobre los importes acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, 
      Ahora los coeficientes de distribución se consultan en el “Módulo Consultas” del sitio www.sifereweb.gov.ar para lo cual deben identificar con la C.U.I.T. y autenticar mediante el uso de la clave fiscal de AFIP y la consulta se debe realizar en forma mensual en el menú “DEDUCCIONES - SIRCREB”, y en el mismo sitio los contribuyentes podrán acceder a los importes totales retenidos en cada una de sus cuentas como así también a las sumas transferidas a cada una de las jurisdicciones.

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