RECURSO DE QUEJA
Acordada 27/14 – CSJN
Bs. As., 16/9/14;
BO 19/9/14
Como
requisito para la viabilidad del recurso de queja por denegación del extraordinario
la Corte Suprema de
Justicia de la Nación estableció en $
15.000 el depósito regulado por el artículo 286 del Código Procesal en lo Civil
y Comercial de la Nación.
APELACIÓN
ORDINARIA
Acordada 28/14 - CSJN
Bs. As., 16/9/14;
BO 19/9/14
La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que el monto que contempla el artículo 24,
inciso 6°, apartado a, del Decreto Ley 1285/58, resultará de tomar como módulo,
al momento de interposición del recurso, el importe del depósito que prevé el
artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y multiplicarlo
por 726 y se determina el monto en la suma de $ 10.890.000.
PRESUPUESTO
Acordada 29/14 -
CSJN
Bs. As., 16/9/14;
BO 19/9/14
La Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó su presupuesto de Gastos para el
Ejercicio 2015, en la suma de
$ 3.950.335.610 y remite el Presupuesto de Gastos del Consejo de la
Magistratura por la suma de $ 13.199.344.030.
[ más: página
71 / Revista Noticiero de Impuestos N° 546 ]
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