Novedades diarias


MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Empresas beneficiarias
Decreto 1271/16
Bs. As., 16/12/16;  BO 19/12/16
      Se modifica el Decreto 1273/12 del marco del Programa Global de Crédito para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, el Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas “FONDyF” con el objeto de promocionar el desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
      Se autoriza a la Subsecretaría de Financiamiento de la Producción a disponer de los recursos del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, la cual determinará, en cada oportunidad, el universo de empresas beneficiarias y establecerá las condiciones que regirán la operatoria del mencionado Fondo Nacional.

BLANQUEO
Alícuota diferencial
Resolución General 681/16 - CNV
Bs. As., 15/12/16;  BO 19/12/16
      Se reduce el plazo a efectos que el contribuyente pueda proceder al cierre de la liquidación de su declaración jurada prevista en el aplicativo de la AFIP, destacando la aplicación de una alícuota diferencial, conforme lo estipulado en el inciso d) del artículo 41 de la Ley N° 27.260.
      La RG 672 determinó las pautas y requisitos que deben cumplir los Fondos Comunes de Inversión Cerrados “FCIC” a efectos de ser considerados como alternativa de inversión, así como las correspondientes a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, a los efectos de la aplicación transitoria de los fondos.

BLANQUEO
Suscripción de bonos
Resolución Conjunta 37 - E/16 –SF ySH
Bs. As., 16/12/16; BO 19/12/16
      El Régimen de Sinceramiento Fiscal dispuso que no deberán abonar el impuesto especial los fondos que se destinen, entre otros, a la adquisición en forma originaria de uno de los títulos públicos que emitirá el Estado Nacional.
      Si la liquidación es en el exterior, se debe realizar bajo la modalidad de entrega contra pago “DVP”,  y si la liquidación es en el país se seguirá el método establecido en la Resolución Conjunta Nº 3-E/16-SFySH.
      Tanto para la liquidación en el exterior así como                        para la liquidación en el país, se aceptarán ofertas por                BONAR 1% 2023, y diariamente, la Oficina Nacional de Crédito Público transferirá electrónicamente a la “AFIP” a través del servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos” dos (2) archivos conteniendo la información relativa al estado de las liquidaciones en el exterior y en el país, detallando Número de Identificación de la operación, CUIT del declarante, Número de ISIN, Código de Especie de Caja de Valores, Moneda de Liquidación, Monto Valor Nominal, Cantidad de Efectivo a Transferir y el Tipo de Cambio Aplicable.

SERVICIOS DE SALUD

Resolución 547/16 - SSS
Bs. As., 14/12/16;  BO 19/12/16

      Se establece como valor máximo a reconocer la suma              de $ 1.200 mensuales por beneficiario que ingrese al padrón de diabéticos condicionada a la efectiva transmisión de la información requerida por la Superintendencia de Servicios de Salud, modificándose la Resolución 1711/14-SSSalud, a partir del 1° de Septiembre de 2016.

No hay comentarios:

Publicar un comentario